Poch colabora en el desarrollo de la central hidráulica más importante de la Región Metropolitana.
Descripción del Proyecto:
La empresa AES corp es una uno de los líderes mundiales en generación de energía, con presencia en más de 26 países y con ventas superiores a los 8,4 billones de dolares al año.
AES Gener filial de AES corp en Chile, actualmente presenta una capacidad instalada de energía en el país aproximada de 680 MW, abasteciendo a cerca del 7,0 % de la demanda del Sistema Interconectado Central (SIC).
Las proyecciones indican que el consumo energético en Chile crecerá al doble del consumo actual en menos de 10 años. Para satisfacer parte de dicha demanda AES Gener ha decidido desarrollar el proyecto Alto Maipo.
El proyecto Alto Maipo consta de dos centrales de pasada instaladas en serie. Una de ellas, la Central Alfalfal II, presenta una caída bruta de 1166m, con una potencia instalada de 264 MW, y con más de 25 km de túneles excavados en roca.
Nuestra importancia:
El estudio de la factibilidad y el desarrollo de la ingeniería básica han sido encargados al consorcio Alto Maipo, del cual Poch forma parte junto a otras reconocidas empresas a nivel nacional e internacional.
La labor desarrollada por Poch comprende principalmente las tareas siguientes: estudio de planificación, diseño hidráulico de las obras subterráneas, estudio hidráulico de los fenómenos transitorios, modelo de generación de energía, dimensionamiento de sistemas eléctricos, trazado de líneas de transmisión y subestaciones y estudios geológicos. En casa de máquinas se diseñaron: servicios auxiliares, diseño estructural, ventilación, sistemas de agua potable y alcantarillado.
Beneficio esencial:
Este proyecto permitirá satisfacer parte de la demanda por energía proyectada a futuro en Chile, produciendo a un menor costo marginal y en forma limpia comparado con otras fuentes. Esto desplazará la operación de nuevas centrales térmicas. Finalmente, por su naturaleza se implementará bajo el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) definido en el Artículo 12 del Protocolo de Kyoto.